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    <title>Puerto Negocios</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
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            Microempresas podrán seguir usando el impuesto al cheque para pagar contribuciones
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xZkH7Dy16OzZydmTg0hRf9_Yraw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2026/01/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional extendió el beneficio que permite a las microempresas computar una parte del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido como impuesto al cheque, como pago a cuenta de las contribuciones patronales. La prórroga alcanza a las remuneraciones que se devenguen hasta el 31 de diciembre de 2026.</p><p>La medida representa un alivio fiscal para el segmento más pequeño del entramado productivo, en un contexto en el que los costos laborales y financieros siguen siendo uno de los principales factores de presión sobre la actividad de las microempresas en todo el país.</p><p>De acuerdo con la normativa vigente, las firmas categorizadas como microempresas pueden descontar hasta el 30% del impuesto al cheque efectivamente ingresado. Ese monto puede aplicarse como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).</p><p>El beneficio había sido creado originalmente en 2023 como una herramienta de apoyo al empleo formal en las unidades productivas de menor escala. Su vencimiento estaba previsto para diciembre de 2024, pero ya había sido prorrogado hasta finales de 2025, plazo que ahora vuelve a extenderse por todo el ejercicio 2026.</p><p>Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la decisión se tomó ante la continuidad de los motivos que dieron origen al régimen, vinculados a la necesidad de sostener la actividad económica y el empleo en el sector de las microempresas, que suelen tener menor margen para absorber aumentos de costos.</p><p>La prórroga fue formalizada a través de la Resolución General 5817/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma adecúa el marco reglamentario a lo dispuesto por el Decreto N° 923/25, que habilitó la extensión del beneficio.</p><p>Desde el punto de vista operativo, la resolución mantiene sin cambios el mecanismo de aplicación. Para realizar la determinación de los aportes y contribuciones, los empleadores deben continuar utilizando el sistema informático “Declaración en línea”, donde se imputa automáticamente el crédito correspondiente.</p><p>El esquema permite que una porción del impuesto al cheque, que grava los movimientos bancarios, se transforme en un alivio concreto sobre las cargas laborales. De esta manera, se busca mejorar la liquidez de las microempresas y generar incentivos para la formalización y sostenimiento del empleo registrado.</p><p>Para el sector empresario, la continuidad del beneficio aporta previsibilidad en la planificación financiera y laboral, especialmente en actividades intensivas en mano de obra. En ese sentido, la prórroga hasta diciembre de 2026 es vista como una señal de acompañamiento del Estado hacia los emprendimientos más chicos.</p><p>Desde el Gobierno señalaron que la medida se enmarca en una estrategia más amplia de apoyo a las micro y pequeñas empresas, consideradas clave para la generación de empleo y el desarrollo de las economías regionales. La evaluación de su impacto continuará durante el próximo año, en función de la evolución de la actividad y del mercado laboral.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xZkH7Dy16OzZydmTg0hRf9_Yraw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2026/01/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno prorrogó hasta fines de 2026 el beneficio que permite computar parte del tributo como pago a cuenta patronal.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
                <published>2026-01-22T13:58:23+00:00</published>
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            Impuesto a las Ganancias: ARCA permitirá reducir anticipos
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/impuesto-a-las-ganancias-arca-permitira-reducir-anticipos" type="text/html" title="Impuesto a las Ganancias: ARCA permitirá reducir anticipos" />
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BDSOEioEuQu43iuSJHlDi1w3SUo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/01/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) flexibilizó los parámetros para que las sociedades puedan solicitar la reducción de anticipos del Impuesto a las Ganancias.</p><p>A través de la Resolución General 5778/25 publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo dispuso que las sociedades podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo.</p><p>Anteriormente, las sociedades debían esperar hasta el quinto anticipo, o ejercer la opción desde el primero si la suma total a ingresar superaba en más del 40% el importe estimado de la obligación.</p><p>En el impuesto a las ganancias, las sociedades calculan sus anticipos sobre la base del impuesto determinado en el período fiscal anterior.</p><p>Pueden solicitar una reducción si durante el año prevén una menor carga tributaria.</p><p>La medida establece que las sociedades podrán solicitar la reducción bajo los siguientes criterios:</p><p>• Desde el 1° anticipo, cuando se considere que la suma total a ingresar en tal concepto superará en más del 40% el importe estimado de la obligación.</p><p>• Desde el 3° anticipo, cuando se considere que la suma total a ingresar superará en más del 25% el importe estimado de la obligación.</p><p>• Desde el 5° anticipo, en el resto de los casos.</p><p>Por otra parte, se actualizaron los montos mínimos que determinan si una solicitud de opción de reducción será sometida a controles especiales.</p><p>Para contribuyentes de alta significación fiscal, el umbral de la base de cálculo se eleva a $250 millones y para el resto de los contribuyentes, el umbral será de $200 millones.</p><p>Además, estos importes se actualizarán anualmente a partir de marzo de 2027, que se realizará según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BDSOEioEuQu43iuSJHlDi1w3SUo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/01/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo dispuso que los contribuyentes podrán solicitar la reducción de anticipos desde el tercer pago.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
                <published>2025-10-27T17:54:15+00:00</published>
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            Nuevo decreto nacional beneficiará al puerto de Santa Fe
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/nuevo-decreto-nacional-beneficiara-al-puerto-de-santa-fe" type="text/html" title="Nuevo decreto nacional beneficiará al puerto de Santa Fe" />
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                <![CDATA[Ignacio Hintermeister]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/s8hvbTWWki-5xIXb4CqGC1I--S0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/05/puerto_de_santa_fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto 340/2025 que crea el Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional. Desregula así un restrictivo esquema de promoción de navegación de cargas bajo bandera nacional, que viene impactando negativamente desde hace años en las posibilidades del puerto de Santa Fe.</p><p>Las barcazas de bandera paraguaya que pasan casi diariamente frente al puerto local, no pueden operar en los muelles -que están operativos para combustibles, granos y carga contenerizada- por un decreto de Edelmiro Farrel de 1944, ratificado por el primer peronismo y luego modificado. Ya no hay líneas navieras de bandera argentina, que sólo serían factibles cuadruplicando costos, lo que artificialmente hace que los camiones sean más "competitivos".</p><p>Federico Sturzenegger posteó que "lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros. Esto quiere decir que una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local.</p><p>"Deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75 % de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen", señaló el ministro de Desregulación.</p><p>Federico Sturzenegger posteó en X.</p>Fin a las extorsiones<p>"En el mismo sentido -añadió Sturzenegger sobre la medida- el decreto establece un régimen por el cual los operadores locales también podrán operar con el sistema de cese de bandera, que les permite realizar cabotaje bajo otra bandera de conveniencia y también contratar bajo las leyes del país de la nueva bandera".</p><p>El ministro ironizó: "aunque no lo creas, la dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato. Entonces era común la extorsión antes de zarpar ("subime estos dos compañeros, total que te hace"). Ahora la dotación la elige el armador, que es quien opera la nave e invirtió en ella eliminando sobrecostos inútiles (esto sin perjuicio de la facultad de la autoridad pública competente (PNA) de establecer la dotación mínima de seguridad).</p><p>&nbsp;</p><p>"Por último, se amplía de 30 a 60 días el plazo por el que los buques de tráfico internacional puedan hacer tráfico de cabotaje permitiendo un mayor flujo de tránsito con buques extranjeros. Es insólito que ¡hoy las mercaderías de Tierra del Fuego, por ejemplo, viajan al continente en camión!".</p><p>El decreto les permitiría -inscripción mediante-. operar con las ventajas de bandera nacional sin someterse a extorsiones sindicales. Crédito: Luis Cetraro</p>Contra los "K"<p>"Venimos de una historia más de destrucción por culpa del Estado y el kirchnerismo. En los años 90 el presidente Menem había logrado una desregulación exitosa que había permitido a los armadores y trabajadores argentinos trabajar y competir adaptándose a las flotas más competitivas del mundo.</p><p>"Pero vino el kirchnerismo -añadió Sturzenegger- que, como sabemos, destruye todo. Revirtió la desregulación y puso al sector en punto terapia intensiva. 20 años después quedaban menos de 20 buques en el tráfico de cabotaje, principalmente destinado al transporte de petróleo y derivados desde la Patagonia. En el Paraná las barcazas paraguayas acapararon todo el tráfico. Habíamos entregado un negocio por las restricciones que impone el Estado".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/s8hvbTWWki-5xIXb4CqGC1I--S0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/05/puerto_de_santa_fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La norma permitirá operar a barcazas paraguayas, que hoy pasan frente al puerto de la capital provincial pero tienen prohibido operar.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2025-05-22T15:50:41+00:00</updated>
                <published>2025-05-22T11:42:09+00:00</published>
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            Bajan impuestos a la importación de ropa y calzado: del 35% al 20%
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/bajan-impuestos-a-la-importacion-de-ropa-y-calzado-del-35-al-20" type="text/html" title="Bajan impuestos a la importación de ropa y calzado: del 35% al 20%" />
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xALozLZwEI1byiNNjMN165yYEMQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2023/09/comercio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde este lunes se reducen los aranceles a la importación de ropa y calzados de 35% a 20%. Mientras que para tejidos es del 26% al 18% y en diversas categorías de hilados de 18% a 12, 14 y 16%.</p><p>La medida se da tras la publicación del Decreto 236/2025 en el Boletín Oficial de Nación este 31 de marzo.</p><p>El documento que define la reducción de impuestos cuenta con la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo. No figura Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación.</p><p>El ministro de Economía, Luis Caputo.</p><p>“Fíjanse para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se detallan en el ANEXO I (IF-2025-26295891-APN-SSCE#MEC) que integra la presente medida las alícuotas que, en concepto de Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.), en cada caso se indican”, detalla el decreto.</p><p>El anuncio ya se había dado de forma cuasi oficial con una publicación en X, ex Twitter, del propio ministro Caputo.</p><p>La publicación de Caputo en X.</p><p>“Con el objetivo de bajar los precios locales y aumentar la competencia, vamos a rebajar los impuestos a la importación de ropa, calzado y telas. A partir de un Decreto que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial, serán reducidos los aranceles de ropa y calzado, que pasarán de 35% a 20%; de telas de 26% a 18%; y de los distintos hilados de 18% a 12, 14 y 16%”, indicó Caputo a mediados de mes.</p><p>El mismo tuit argumentaba: “La Argentina sigue siendo el país con la indumentaria más cara en la región y en el mundo. Un relevamiento sobre productos de marcas internacionales indica que una remera cuesta en Argentina 310% más que en España y 95% más que en Brasil. De la misma manera, una campera cuesta en Argentina 174% más que en España y 90% más que en Brasil”:</p><p>“Seguimos reduciendo impuestos y aranceles para fomentar la competencia y continuar bajando la inflación”, celebró el funcionario de la cartera económica nacional.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xALozLZwEI1byiNNjMN165yYEMQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2023/09/comercio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se modificó a través del Decreto 236/2025 y ya rige para productos del Mercosur.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2025-03-31T16:17:01+00:00</updated>
                <published>2025-03-31T16:14:33+00:00</published>
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            Nación oficializó la baja de retenciones: requisitos y alcances
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/nacion-oficializo-la-baja-de-retenciones-requisitos-y-alcances" type="text/html" title="Nación oficializó la baja de retenciones: requisitos y alcances" />
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.puertonegocios.com/noticias/nacion-oficializo-la-baja-de-retenciones-requisitos-y-alcances">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pWz9hd0ySqHUJuXHkiR7uqCwG24=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/01/cosecha_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La reducción de las retenciones y la eliminación para las economías regionales entró en vigencia este lunes con la publicación de la medida en el Boletín Oficial.</p><p>Con la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el decreto 38/2025 se oficializó y ya comenzó a regir hasta el próximo 30 de junio.</p><p>Además, en el instrumento se aclararon las condiciones para poder acceder al beneficio: se deberá liquidar el 95 por ciento de lo declarado en los últimos 15 días hábiles en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).</p><p>En caso de no cumplir con es disposición, se cobrará la alícuota anterior, y serán la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central los encargados de supervisar el mecanismo.</p><p>"Con el objetivo de colaborar con la situación del campo en este contexto de sequía, el Gobierno Nacional decidió bajar las retenciones de manera temporaria en un 20% hasta el mes de junio, inclusive", informó la Secretaría de Comercio en un comunicado tras el anuncio oficial.</p><p>&nbsp;</p><p>Agregó que "la medida refleja la decisión del Gobierno de reducir el peso del Estado para los sectores productivos, en el marco de la política de superávit fiscal".</p><p>De esta manera, la soja (poroto) baja de 33% a a 26%; la soja (aceite y harina), del 31% al 24,5%; el trigo, la cebada, el sorgo y el maíz pasan del 12% al 9,5%; y el girasol, del 7%, al 5,5%.</p><p>Al mismo tiempo, el Gobierno Nacional eliminó las retenciones (Derechos de Exportación) para las economías regionales y otros productos.</p><p>La medida alcanzará a productos tales como azúcar; preparaciones alimenticias; algodón; cuero bovino; bebidas; ovinos (lana y cueros); tabaco; forestoindustria; arroz; maní; golosinas, chocolates y otros.</p><p>Estos bienes representaron más de 1100 millones de dólares de exportaciones en el año 2024.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pWz9hd0ySqHUJuXHkiR7uqCwG24=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/01/cosecha_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Entró en vigencia hasta el 30 de junio mediante el decreto 38/2025.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2025-01-27T14:06:47+00:00</updated>
                <published>2025-01-27T14:02:51+00:00</published>
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            El aumento del biodiésel no alcanza para cubrir los costos, advierte la industria
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/el-aumento-del-biodiesel-no-alcanza-para-cubrir-los-costos-advierte-la-industria" type="text/html" title="El aumento del biodiésel no alcanza para cubrir los costos, advierte la industria" />
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                <![CDATA[Ignacio Hintermeister]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5QCESfmz1cS_tjfgtzW3EUWNeno=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2022/07/biodiesel.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El vicepresidente de la Cámara Santafesina de Energías Renovables, Marcelo Kusznierz, aseguró que la actualización de precios de biocombustibles anunciada por la secretaría de Energía de la Nación "no respeta para su cálculo la fórmula que esta contemplada en la resolución 963/23 y que asegura una rentabilidad mínima para el productor y por consiguiente la operatividad de las plantas".</p><p>Marcelo Kusznierz, vicepresidente de la Cámara Santafesina de Energías Renovables. Foto: Archivo</p><p>La Secretaría de Energía actualizó este jueves el precio del biodiesel, destinado para la mezcla obligatoria por ley con el gasoil, a través de las Resoluciones 2/2025 publicada en el Boletín Oficial.</p><p>Según la autoridad nacional, con la actualización, el precio mínimo de adquisición del biodiésel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil quedó en $1.085.887 por tonelada, para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de enero de 2025 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.</p><p>&nbsp;</p>Brecha de precios<p>"Desde el mes de Julio 2024 -señaló el empresario santafesino- la SEN, contrariamente a los precios que publicó en el primer semestre (en promedio respetó la resolución), incumplió sistemáticamente con la aplicación de la fórmula. Eso originó una brecha entre el precio abonado efectivamente por las petroleras y el valor real del biodiésel de acuerdo a la resolución 963/23”.</p><p>La fórmula toma y audita la apertura de costos de todas las empresas del sector cuya documentación y datos se declaran en forma mensual, lo que no da lugar a dudas sobre el origen de la información y por lo tanto al resultado real obtenido.</p><p>"Los valores publicados desde el mes de Julio 2024 -añadió Kusznierz- fueron siempre por debajo del valor de fórmula, perjudicando notoriamente a las empresas de biodiesel los detallamos: julio 5,4%, agosto 12,8%, Septiembre 11,8%, Octubre 10,3%, Noviembre 6,2%, Diciembre 7,7% y Enero 2025 8,3%".</p><p>"En una clara transferencia de rentabilidad al sector petrolero de U$S 62.000.000, un sector que tuvo una recomposición de precios en esta gestión de más del 200% contra un aumento del biodiesel de sólo el 90%."</p><p>.Con respecto al impacto del aumento de precio en surtidor, sostuvo que "es una lógica preocupación en estos días" pero aclaró que "un aumento en los precios del biodiésel del 8,3 % adicional al publicado para cumplir con la fórmula, asegurar la operatividad de las plantas y la continuidad del sector, impacta en $6 en surtidor por litro"</p><p>"Irrisorio costo que funde a una industria productiva que agrega valor a la cadena sojera, promueve el arraigo rural, sustituye importaciones de combustibles fósiles y cuida el medio ambiente", lamentó.</p>Qué dice la norma<p>La referida normativa gubernamental determinó que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 7 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente. Al mismo tiempo, aclaró que el nuevo precio fijado "es el valor mínimo al cual deberán ser llevadas a cabo las operaciones de comercialización en el mercado interno".</p><p>Los precios de los biocombustibles son parte de los costos que se reflejan en los surtidores</p><p>En los considerandos, se recordó que la secretaría está facultada para modificar los precios "tanto en los casos en que se detecten desfasajes entre los valores resultantes de su implementación y los costos reales de elaboración de los productos, o bien cuando dichos precios puedan generar distorsiones en los precios del combustible fósil en el pico del surtidor, esto último lo cual resulta necesario atender en el contexto actual, fijando excepcionalmente un precio que se ajuste a dicha necesidad".</p><p>En el caso del bioetanol, tanto el elaborado a base de caña de azúcar como el elaborado a base de maíz, destinado a su mezcla obligatoria con la nafta, aún no se publicaron nuevos valores para el primer mes del año, por lo que todavía rigen los precios de diciembre.</p><p>En el último mes del 2024, se fijó el precio mínimo de adquisición por litro del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar en $703,804. Mientras que para el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz, el valor está en $645,061.</p><p>Los precios de los biocombustibles son parte de los costos que se reflejan en los surtidores, por lo que cada variación en los mismos puede implicar en una suba de los valores de la venta de nafta y gasoil al público. En esta oportunidad, el precio del gasoil podría exhibir el impacto con un aumento en el corto plazo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5QCESfmz1cS_tjfgtzW3EUWNeno=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2022/07/biodiesel.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La decisión nacional "no respeta" la fórmula que, por normativa vigente, debe garantizar una rentabilidad mínima para el productor y las plantas fabriles.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2025-01-10T10:19:41+00:00</updated>
                <published>2025-01-10T10:17:24+00:00</published>
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            Agencia Nacional de Puertos y Navegación: designan titular tras su creación oficial
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/agencia-nacional-de-puertos-y-navegacion-designan-titular-tras-su-creacion-oficial" type="text/html" title="Agencia Nacional de Puertos y Navegación: designan titular tras su creación oficial" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0oo662UuaUZdjYr2_wogeu35XMc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/01/puerto_de_santa_fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este lunes se publicaron dos decretos en el Boletín Oficial de Nación en el cual se desafecta la ex Administración General de Puertos y se da lugar a la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación.</p><p>El Decreto 3/2025 con firma de Javier Milei y ocho ministros, pero no el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, se crea la agencia en el marco del Ministerio de Economía como un ente autárquico, con personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.</p><p>Se agrega en el documento que será la única Autoridad Portuaria Nacional y Autoridad de Aplicación de las leyes vigentes y aplicables en las materias de su competencia, conjuntamente con sus reglamentaciones.</p><p>La Agencia “asumirá el rol de Concesionario de la Vía Navegable Troncal hasta tanto se adjudique la licitación pública encomendada por el Decreto Nº 709/24. Adjudicada la licitación y celebrado el contrato de concesión, la referida Agencia establecerá los procedimientos y mecanismos para llevar a cabo la fiscalización y el control, por sí o a través de terceros, de la concesión en razón de la delegación efectuada en el Decreto N° 709/24”, indica el texto.</p><p>Imagen ilustrativa. Crédito: Fernando Nicola</p><p>Además se define que los mandatos del Director Ejecutivo y del Subdirector Ejecutivo tendrán una duración de cuatro años. En caso de que por cualquier motivo se produjere la vacancia del cargo de Director Ejecutivo, éste será reemplazado por el Subdirector Ejecutivo hasta la finalización del mandato, o hasta la designación de un nuevo Director Ejecutivo, lo que ocurra primero.</p><p>&nbsp;</p><p>Iñaki Miguel Arreseygor era Subsecretario de Puerto y Vías Navegables de la Nación.</p><p>En lo que respecta a este cargo, el Decreto 5/2025 designa a Iñaki Miguel Arreseygor como director ejecutivo del área.</p><p>&nbsp;</p>Cuáles son la tareas que se le otorgan a la Agencia Nacional de Puertos y Navegacióna) Asesorar al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la habilitación de los puertos conforme a los artículos 5° y 9° de la presente ley;b) Controlar dentro del ámbito de la actividad portuaria el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten en el orden competencia nacional;c) Controlar que los titulares de las habilitaciones portuarias otorgadas, den cumplimiento a los proyectos constructivos y operativos que justificaron su solicitud, y den a los puertos e instalaciones portuarias la finalidad que condicionó la habilitación. Podrá suspender dichas habilitaciones hasta que sean restablecidas las condiciones exigidas o cancelarla definitivamente, cuando circunstancias objetivas y debidamente probadas, acrediten la imposibilidad de su restablecimiento;d) Promover y hacer efectiva la modernización, eficacia y economicidad de cada uno de los puertos del Estado Nacional;e) Estimular y facilitar la inversión privada en la explotación y administración de los puertos;f) A su requerimiento, dar asesoramiento técnico y jurídico a las provincias y/o municipios que promuevan las instalaciones de puertos en sus respectivos territorios;g) Fijar las políticas generales en materia portuaria y de administración y explotación de vías navegables;h) Establecer acuerdos delimitando las responsabilidades en el dragado de accesos y dársenas de cada puerto, en el caso que ello fuera necesario en zonas donde la responsabilidad sea de dudosa o conflictiva determinación;i) Controlar, subsidiariamente, en el ámbito portuario el cumplimiento de cualquier ley o reglamentación cuya aplicación competa a una autoridad nacional;j) Coordinar la acción de los distintos organismos de supervisión y control del Estado Nacional que actúan dentro del ámbito portuario, con el fin de evitar la superposición de funciones, y facilitar el funcionamiento eficiente del puerto en sí mismo y de los servicios que en él se prestan; todo ello, sin perjuicio de las leyes y reglamentos vigentes en la materia;k) Ejercer la responsabilidad primaria en materia ambiental y establecer los procedimientos de evaluación y emisión de las declaraciones de aptitud correspondientes a las obras y actividades en los puertos y vías navegables en coordinación con las autoridades competentes, controlando subsidiariamente el cumplimiento de las leyes o reglamentaciones que resulten de aplicación en la materia.l) Aplicar las sanciones que correspondan por la comisión de las infracciones previstas en el artículo 23, inciso a) de la presente ley;ll) Fijar el plazo de amortización de las inversiones a los efectos de lo dispuesto en el artículo 16 de esta ley, para el caso de los puertos propiedad del Estado Nacional;m) Fijar la alternativa de procedimiento para celebrar acuerdos con personas humanas o jurídicas a los fines de lo dispuesto en el artículo 14 de esta ley para el caso de los puertos propiedad del Estado Nacional o aquellos de titularidad de las provincias o de los particulares cuya administración y explotación se le delegue o acuerde en el futuro.n) Ejercer el control de las concesiones, operadores y actividades del Puerto de Buenos Aires y el poder de policía e imposición sobre el establecimiento y los bienes muebles e inmuebles que lo integran.ñ) Delimitar la jurisdicción portuaria nacional y disponer de los bienes del dominio estatal que lo conforman.o) Regular y controlar las Concesiones de obras y servicios sobre la Vías Navegables Interjurisdiccionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.p) Promover la asociación público-privada y la inversión privada en centros de transferencia de carga, instalaciones ferro portuarias y de infraestructura y servicios logísticos, tendientes a reducir los costos del transporte multimodal y la eficiencia, eficacia y competitividad en beneficio de la navegación y el comercio exterior.”]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0oo662UuaUZdjYr2_wogeu35XMc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2025/01/puerto_de_santa_fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>A través de dos decretos, se reestructura la ex Administración General de Puertos. Iñaki Miguel Arreseygor será el director ejecutivo.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2025-01-06T14:24:25+00:00</updated>
                <published>2025-01-06T14:23:23+00:00</published>
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            Hidrovía: el Gobierno anunció tres cambios clave en la licitación
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Me6JXE3g1pqr2_7qUMu3fAP7hOA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2021/06/hidrovia-01.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A días del anuncio de privatización de la Hidrovía Paraguay-Paraná, el gobierno nacional decidió implementar modificaciones al pliego, y extender hasta el 12 de febrero el llamado a la licitación nacional e internacional, garantizar una mayor profundidad de las vías navegables y habilitar la zona del sur de Entre Ríos para el mayor desarrollo de la zona portuaria.</p><p>El corredor de transporte fluvial de más de 3,400 kilómetros de longitud atraviesa a siete provincias: Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe; permite la navegación continua entre Brasil, Paraguay, Argentina y Uruguay, contempla 79 puertos, y registra el 80% del comercio exterior argentino.</p><p>La intención de la administración libertaria, tal como fue anunciada por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, es avanzar en una licitación por un plazo de 30 años, prorrogable por otros 30 más.</p><p>"Pondremos en marcha una licitación clara y transparente que permita la participación de la mayor cantidad de empresas nacionales e internacionales y posibilite condiciones de competitividad para el crecimiento del libre comercio de Argentina con el mundo. Es un tema estratégico para la Nación", supo declarar.</p><p>La disposición 36/2024 publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma del subsecretario de Puertos y Vías Navegables, Iñaki Arreseygor, establece que, a pedido de las empresas privadas oferentes, la fecha de cierre de presentaciones de ofertas que iba a ser hasta el 29 de enero será el día 12 de febrero a las 13.00 horas, y se realizará a través del portal CONTRAT.AR.</p><p>En respuesta a las demandas de los usuarios privados, entre los que destacan la Bolsa de Comercio de Rosario y las Cámaras Cerealeras, la profundidad del dragado, que en plan original de privatización iba a ser pasar de los 39 pies (11,90 metros) a 42 pies (12,80 metros) con un estudio de impacto. Y ahora, según el Gobierno, la profundidad podría llega finalmente a 44 pies (13,41 metros).</p><p>Esta modificación permitirá una mayor profundidad en los canales, aunque quienes ganen la licitación deberán realizar los correspondientes estudios de impacto ambiental en la zona.</p><p>En tercer lugar, a pedido del gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, de buena sintonía con Casa Rosada, habilitarán tres vías navegables, además de la principal, para potenciar la zona portuaria y darle "viabilidad económica" ubicada en el sur de la provincia.</p><p>&nbsp;</p><p>De esta forma, trabajarán en los pasos alternativos ubicados en vías Paraná Guazú, Paraná Bravo, y Pasaje Talavera, que en un primer plazo estarán a una profundidad de 36 pies (10,97 metros).</p><p>El proceso de licitación está a cargo de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, y conlleva "la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado, redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el Río de la Plata exterior, hasta la altura del kilómetro 239,1 del canal Punta Indio, por la vía del Canal Ingeniero Emilio Mitre y el Río Paraná de las Palmas, Río Paraná Bravo, Río Paraná Guazú, Río Talavera, Río Paraná–Océano Atlántico".</p><p>En Casa Rosada aseguran que ya hay ofertas de empresas holandesas y belgas, como Dredging International, Jan de Nul, Boskalis y Van Oord. Dada las condiciones del pliego y sus requisitos, la belga Jan de Nul tomó la delantera.</p><p>A finales del noviembre, el Gobierno exceptuó a las empresas estatales extranjeras de la competencia a través de una resolución que en su artículo 16° establece que no podrán presentarse a concurso las "personas jurídicas controladas, directa o indirectamente, por estados soberanos o agencias estatales", lo que hizo que firmas como Shanghai Dredging Co., subsidiaria de China Communications Construction Company (CCCC), quedara fuera de competencia.</p><p>Por Sofía Rojas. Con información de Noticias Argentinas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Me6JXE3g1pqr2_7qUMu3fAP7hOA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2021/06/hidrovia-01.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ampliación del plazo de la fecha límite, profundización de las vías navegables y la concesión a Entre Ríos, las tres modificaciones en los pliegos que fueron publicadas en la Disposición 36/24.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-12-12T12:19:49+00:00</updated>
                <published>2024-12-12T12:17:03+00:00</published>
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            Argentina se suma al Acuerdo de Comercio Electrónico del Mercosur
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UZYmqYU9Ic82-GRJFLx0lAuIkOE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/10/comercio_electronico.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Congreso de la Nación aprobó el 1 de octubre de 2024 la Ley 27768, mediante la cual se ratifica el Acuerdo sobre Comercio Electrónico del Mercosur, originalmente firmado en Montevideo el 29 de abril de 2021. Este acuerdo establece un conjunto de normas y principios que regularán las compras y ventas por internet entre los países miembros del bloque, brindando mayor claridad y seguridad jurídica para el comercio electrónico regional.</p><p>Con esta medida, Argentina se alinea con sus socios del Mercosur en la creación de un marco legal que busca modernizar y facilitar las transacciones digitales. El Acuerdo aborda temas fundamentales para el desarrollo del comercio electrónico, como:</p>Protección al consumidor en compras onlineSeguridad en las transacciones electrónicasReconocimiento mutuo de firmas digitalesRegulaciones sobre publicidad en líneaFacilidades para el comercio transfronterizo<p>Estas disposiciones, ahora vigentes con la publicación en el Boletín Oficial, pretenden no solo garantizar una experiencia más segura y eficiente para los consumidores, sino también fomentar la integración comercial entre los países de la región.</p><p>Beneficios del AcuerdoLa aprobación de este acuerdo implica varios beneficios para Argentina. En primer lugar, actualiza el marco normativo del país en sintonía con las tendencias del comercio global, que en gran medida está migrando hacia plataformas digitales. Además, la implementación de reglas comunes reduce la incertidumbre para los operadores del comercio electrónico, lo que podría impulsar la inversión y el desarrollo de este sector en la región.</p><p>Asimismo, la normativa garantiza que los consumidores estarán mejor protegidos al realizar compras online, con derechos más claros frente a situaciones de incumplimiento o fraude en las transacciones. Esto representa un avance en materia de seguridad y confianza para los usuarios de plataformas de e-commerce.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Un impulso al comercio regionalEl Acuerdo sobre Comercio Electrónico del Mercosur no solo beneficia a los consumidores y empresas locales, sino que también tiene un fuerte componente de integración regional. Al unificar las políticas y regulaciones en materia de comercio electrónico, los países del Mercosur fortalecen sus relaciones comerciales, promoviendo un entorno de negocios más fluido y competitivo.</p><p>Este acuerdo también facilitará el comercio transfronterizo, reduciendo barreras burocráticas y permitiendo una mayor cooperación en áreas clave como la certificación de firmas digitales y la promoción de un entorno digital seguro.</p><p>La entrada en vigencia de esta nueva normativa supone un paso importante para Argentina hacia la modernización de su legislación comercial, alineándose con los desafíos y oportunidades que plantea la economía digital. Con reglas más claras y consensuadas a nivel regional, el e-commerce en Argentina y en el Mercosur en general está en una posición más sólida para crecer y beneficiar tanto a los consumidores como a las empresas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UZYmqYU9Ic82-GRJFLx0lAuIkOE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/10/comercio_electronico.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Esta normativa establece un marco legal común para las transacciones digitales entre los países miembros del bloque.]]>
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                <updated>2024-10-21T15:30:33+00:00</updated>
                <published>2024-10-21T14:21:46+00:00</published>
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            El Gobierno extiende el blanqueo de capitales: 7 claves sobre la prórroga
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RQIVAtRfo1I2aKfy9kTkBFS_zAg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/09/dolar.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional ha oficializado la prórroga para el blanqueo de capitales mediante el Decreto 864/2024, publicado el 30 de septiembre en el Boletín Oficial. Esta extensión de 30 días, que afecta las tres etapas del proceso, responde al gran interés generado y a los pedidos de bancos y estudios contables.</p><p>Aquí se detallan las siete claves que definen esta prórroga y su impacto para quienes desean adherirse al blanqueo:</p><p>Plazo para blanquear dinero en efectivo: Se extiende hasta el 31 de octubre de 2024. Los fondos deben ser depositados en una cuenta CERA (si están en Argentina) o en una cuenta bancaria del exterior.</p><p>Retiro de dinero de la cuenta CERA: Los fondos depositados antes del 30 de septiembre pueden retirarse desde el 1 de octubre. Sin embargo, una vez retirados, no se podrán realizar nuevos depósitos en dicha cuenta.</p><p>Depósitos en octubre: Los fondos depositados en octubre podrán retirarse a partir del 1 de noviembre de 2024.</p><p>Blanqueo de hasta US$ 100.000: No se aplicará la retención del 5% sobre los montos regularizados de hasta US$ 100.000.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Blanqueo superior a US$ 100.000: No se aplicará la retención del 5% si se destina conforme a la normativa hasta el 31 de diciembre de 2025. En caso contrario, se aplicará el impuesto sobre el monto retirado.</p><p>Bienes no solo en efectivo: La prórroga de la primera etapa aplica a cualquier tipo de bienes que se puedan regularizar.</p><p>Nuevas fechas del blanqueo: La primera etapa finaliza el 31 de octubre de 2024, la segunda el 31 de enero de 2025, y la tercera el 30 de abril de 2025.</p><p>El tributarista Sebastián Domínguez explicó que la demora en la reglamentación ha generado incertidumbre, lo que podría estar frenando a algunos contribuyentes de ingresar al régimen de blanqueo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RQIVAtRfo1I2aKfy9kTkBFS_zAg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/09/dolar.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno oficializó la extensión a través de la publicación del decreto 864/2024 en el Boletín Oficial.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-09-30T15:40:28+00:00</updated>
                <published>2024-09-30T15:37:52+00:00</published>
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            El Gobierno crea comité para evaluar proyectos que adhieran al RIGI
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RoNTHUfWwA1BwPhiH9sU7RzRUzY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/09/rigi.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional puso en marcha el Comité Evaluador de Proyectos del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), un componente clave dentro de la controvertida Ley de Bases impulsada por la administración del presidente Javier Milei. Este régimen otorga beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios a las empresas que deseen invertir en Argentina, buscando fomentar el desarrollo económico y fortalecer la competitividad de diversos sectores.</p><p>La creación del Comité Evaluador se formalizó este martes a través de la publicación en el Boletín Oficial, con la resolución 814/2024, que especifica que el nuevo órgano tendrá a su cargo la evaluación final de las solicitudes de adhesión al RIGI. Su misión será "promover el desarrollo económico, incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios, y favorecer la creación de empleo", según detalla la resolución.</p><p>Este comité estará integrado por funcionarios de alto nivel, incluyendo el titular de la vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el titular de la Secretaría de Planeamiento Estratégico Normativo de la Presidencia de la Nación, y los titulares de diversas Secretarías dentro del Ministerio de Economía, como Energía y Minería, Producción, Infraestructura, Finanzas, Hacienda, y Legal y Administrativa.</p><p>&nbsp;</p><p>El objetivo final del Comité será emitir un informe conclusivo basado en evaluaciones técnicas que determinará si las solicitudes de adhesión al RIGI son aprobadas o rechazadas. Con esta iniciativa, el Gobierno busca dar un paso más hacia la atracción de grandes inversiones que impulsen la economía del país.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RoNTHUfWwA1BwPhiH9sU7RzRUzY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/09/rigi.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Este órgano tendrá la responsabilidad de recomendar o rechazar la realización de las propuestas.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-09-03T10:46:13+00:00</updated>
                <published>2024-09-03T10:43:22+00:00</published>
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            AFIP actualiza reglas para monotributistas
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/afip-actualiza-reglas-para-monotributistas" type="text/html" title="AFIP actualiza reglas para monotributistas" />
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lqtHoqJ38_HBY-8JHSh6gXnRp9s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/08/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que aquellos contribuyentes que hayan sido excluidos o que hayan renunciado al monotributo entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024, podrán solicitar el reingreso al régimen simplificado hasta el 30 de septiembre de 2024.</p><p>La inscripción tendrá efecto a partir del primer día del mes posterior a su solicitud, sin tener que esperar los 3 años que establece la normativa vigente.</p><p>Así lo determinó el organismo a través de la Resolución 5546/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.</p><p>A su vez, la actividad de alquilar inmuebles mediante contratos debidamente registrados se considerará una sola unidad de explotación, independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma. Vale recordar que, anteriormente, cada propiedad alquilada era considerada una unidad de explotación y se admitía un máximo de tres bajo el Régimen Simplificado.</p><p>Los contribuyentes que hayan renunciado o que hayan sido excluidos desde la vigencia de la Ley 27.737 por haber exceder la cantidad de unidades de explotación podrán solicitar nuevamente la adhesión al Monotributo con efecto desde tal solicitud.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>A su vez, quienes tengan ingresos provenientes exclusivamente del alquiler de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del impuesto integrado.</p><p>Para hacer uso de este beneficio, los pequeños contribuyentes deberán:</p><p>* Ingresar con su clave fiscal al Portal de Monotributo &nbsp;y registrarse seleccionando la opción “Modificación locador de hasta 2 inmuebles – Beneficio Ley 27737”, informando el período a partir del cual correspondería la exención del impuesto integrado.</p><p>* Declarar en el servicio con clave fiscal “Sistema Registral” la actividad “681098 – Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados”.</p><p>* Tener registrados los contratos de alquiler respectivos en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI”.</p><p>El registro que tenga efecto retroactivo a los períodos devengados entre octubre de 2023 y julio de 2024, inclusive, deberá efectuarse hasta el 30 de septiembre de 2024, en cuyo caso, podrán reimputar el impuesto integrado abonado por dichos períodos a través del servicio con clave fiscal “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” o solicitar su devolución.</p><p>La AFIP también determinó que las recategorizaciones semestrales se efectuarán hasta el día 5 de los meses de agosto y febrero respecto de cada semestre concluido en junio y diciembre, respectivamente y la obligación de pago resultante de la misma tendrá efectos desde los períodos devengados agosto y febrero.</p><p>Los valores de los parámetros que determinan la categorización de los contribuyentes monotributistas (y por consiguiente la cuota mensual a pagar), como así también la permanencia o exclusión del régimen simplificado, serán actualizados semestralmente a partir del 1° de enero de 2025, en los meses de enero y julio, teniendo en cuenta el índice de variación de precios al consumidor y tendrán efectos en los meses de febrero y agosto, respectivamente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lqtHoqJ38_HBY-8JHSh6gXnRp9s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/08/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los locatarios de hasta dos inmuebles tendrán nuevas exenciones, y se ajustan los parámetros de categorización semestralmente desde 2025.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-08-12T17:57:48+00:00</updated>
                <published>2024-08-12T17:54:53+00:00</published>
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        <title>
            Nuevas líneas de crédito para la compra de electrodomésticos
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/nuevas-lineas-de-credito-para-la-compra-de-electrodomesticos" type="text/html" title="Nuevas líneas de crédito para la compra de electrodomésticos" />
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y_gC2UxCdgI5vYJhJ8f_FHAJqCU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/08/electrodomesticos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Energía y el Banco de la Nación Argentina (BNA) han dado un paso significativo en la promoción de la eficiencia energética con el lanzamiento de nuevas líneas de crédito destinadas a la adquisición de artículos eléctricos eficientes. Este esfuerzo se enmarca en el “Programa de Reconversión y Eficiencia Energética”, con el objetivo de reducir el consumo energético en edificaciones y fomentar el uso de tecnologías más sostenibles.</p><p>El convenio firmado entre la Secretaría de Energía y el BNA permitirá a los usuarios acceder a créditos con tasas preferenciales y financiación de hasta 24 cuotas sin interés para la compra de productos seleccionados en Tienda BNA. Los beneficiarios podrán optar por una variedad de electrodomésticos, paneles fotovoltaicos, termotanques solares, entre otros, todos con un diseño orientado a minimizar el impacto ambiental.</p><p>Líneas de crédito disponibles:</p><p>Hogares: Esta línea está destinada a la compra de electrodomésticos, gasodomésticos, materiales y equipamiento que mejoren la eficiencia energética del hogar. Los usuarios podrán acceder a un crédito de hasta 25 millones de pesos, con un plazo de devolución de hasta 5 años y una tasa fija del 43%.</p><p>Empresas (PyMEs e industrias): Para las empresas, el BNA ofrece una línea de crédito con un plazo de hasta 10 años y sin límite de monto, destinada a la adquisición de equipamiento y materiales que ayuden a reducir pérdidas energéticas. La tasa es LIP de 27% fija para el primer año, seguida de una tasa BADLAR.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Todos los productos elegibles dentro de este programa estarán claramente identificados con un logo especial, lo que facilitará su reconocimiento por parte de los consumidores. Este programa no solo beneficia a los usuarios al permitirles acceder a tecnología más avanzada y respetuosa con el medio ambiente, sino que también impulsa una reducción significativa en los consumos energéticos a nivel nacional.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y_gC2UxCdgI5vYJhJ8f_FHAJqCU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/08/electrodomesticos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El objetivo es fomentar el cambio por artefactos con menor consumo energético.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-08-08T17:09:45+00:00</updated>
                <published>2024-08-08T16:42:22+00:00</published>
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            Contribuyentes cumplidores: nuevos beneficios reglamentados por AFIP
        </title>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.puertonegocios.com/noticias/contribuyentes-cumplidores-nuevos-beneficios-reglamentados-por-afip">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UQietYaTl3-en4PAuPUYKj_OXnM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el mecanismo para acceder a la rebaja que tendrán los contribuyentes "cumplidores" en el Impuesto de Bienes Personales.</p><p>La medida fue oficializada por medio de la Resolución 5535/24 publicada hoy en el Boletín Oficial, que establece que podrán acceder a esta medida aquellos ciudadanos que hayan cumplido correctamente con la presentación de las declaraciones juradas de los años 2020, 2021 y 2022.</p><p>Por medio de la resolución, aquellos contribuyentes y responsables caracterizados como "cumplidores" tendrán una serie de beneficios para el pago de Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024 y 2025.</p><p>La norma también dispone que podrán acceder la rebaja los contribuyentes que se hayan inscripto en el blanqueo de capitales para regularizar los activos no declarados.</p><p>La AFIP señaló que para "calificar como contribuyente cumplidor deberá haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022".</p><p>&nbsp;</p><p>De acuerdo a esa resolución, el beneficio se podrá aplicar para las declaraciones de bienes personales del 2023, 2024, y 2025.</p><p>También se establece una reducción para los responsables sustitutos de las pequeñas y medianas empresas del 0,357% de la alícuota que debe pagar establecida en la ley del Paquete Fiscal.</p><p>Bienes Personales: requisitos para acceder a la rebaja de la alícuota</p><p>Para llevar adelante la solicitud, los contribuyentes deberán cumplir, además de las condiciones establecidas anteriormente, los siguientes requisitos:</p><p>Poseer la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo "Activo: sin limitaciones", en los términos de la Resolución General N° 3.832 y sus modificatorias, y su correspondiente Clave Fiscal, con Nivel de Seguridad 3, en los términos de la Resolución General N° 5.048 y su modificatoria;</p><p>Encontrarse inscripto en el Impuesto sobre los Bienes Personales o Bienes Personales - Acciones y Participaciones, según corresponda, en los períodos fiscales 2020, 2021 ó 2022, si estuviera obligado a ello;</p><p>Tener declarado y actualizado ante este Organismo el domicilio fiscal, conforme a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y a las disposiciones de las Resoluciones Generales N° 10 y N° 2.109, sus respectivas modificatorias y complementarias.</p><p>Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.</p><p>Tener registrados una dirección de correo electrónico y un número telefónico, a través del sitio "web" de este Organismo, mediante el servicio "Sistema Registral".</p><p>Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N° 883" aprobado por la Resolución General N° 3.537.</p><p>Bienes Personales: cómo acceder a la rebaja de la alícuotaPara acceder a esta rebajada se deberá ingresar al sitio Web de la AFIP e ingresar a la sección "Beneficio a Cumplidores", con una clave fiscal con nivel de seguridad 3, o en el caso de los responsables sustitutos en caso de las pymes.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UQietYaTl3-en4PAuPUYKj_OXnM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo dispuso una reducción del 0,50% en la alícuota del impuesto.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
                <published>2024-07-30T10:25:41+00:00</published>
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