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    <title>Puerto Negocios</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
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            Cómo cumplir con el pago a cuenta para financiar el Nuevo IFE
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                <![CDATA[Redacción Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mUuHohyZ25c5EEMgXqMIajifjqY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2023/09/ife.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado a conocer los plazos y condiciones para que un grupo selecto de grandes empresas del sector financiero cumpla con el pago a cuenta extraordinario del impuesto a las Ganancias. Este pago a cuenta tiene como objetivo financiar el nuevo bono destinado a trabajadores informales, anunciado recientemente por el Ministro de Economía, Sergio Massa, por un total de $94,000 a ser distribuido en dos cuotas de $47,000, con vencimientos el 15 de octubre y el 15 de noviembre.</p><p>Este bono, que guarda similitud con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) otorgado durante la pandemia, se destina a personas de entre 18 y 64 años que no reciben ningún otro beneficio estatal y carecen de ingresos en el mercado laboral formal.</p><p>La Resolución General 5424/2023, publicada en el Boletín Oficial, establece las condiciones para que las empresas del sector financiero cumplan con esta obligación. A continuación, se detallan las principales condiciones:</p><p>Empresas del Sector Financiero: Las empresas sujetas a esta medida deben tener registrado como actividad principal alguna relacionada con la "Intermediación Financiera y Servicios del Seguro" en el Clasificador de Actividades Económicas, con excepción de aquellas registradas con el Código de Obras Sociales o que sean Proveedores de Servicios de Pago (PSP) ante el Banco Central.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Resultado Impositivo: Para cumplir con esta obligación, las empresas deben haber informado un resultado impositivo igual o superior a $600 millones en la declaración jurada del período fiscal 2022 o 2023, según corresponda.</p><p>Determinación del Pago a Cuenta: El monto del pago a cuenta se calcula aplicando una alícuota del 15% sobre el resultado impositivo, sin tener en cuenta las deducciones por quebrantos impositivos de ejercicios anteriores. Este pago debe realizarse en tres cuotas iguales y consecutivas, con vencimientos entre octubre de este año y marzo del próximo.</p><p>La AFIP justificó esta medida como parte de su compromiso con la política fiscal redistributiva y en respuesta a la alta capacidad contributiva de ciertos sectores económicos.</p><p>Las empresas del sector financiero sujetas a esta disposición deben prestar atención a los plazos y requisitos establecidos para cumplir con sus obligaciones fiscales y contribuir al financiamiento del nuevo IFE destinado a los trabajadores informales. Este pago a cuenta representa una contribución esencial para apoyar a quienes más lo necesitan en estos tiempos difíciles.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mUuHohyZ25c5EEMgXqMIajifjqY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2023/09/ife.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Las empresas del sector financiero sujetas a esta disposición deben prestar atención a los plazos y requisitos establecidos.]]>
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                <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
                <published>2023-09-28T13:02:59+00:00</published>
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