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    <title>Puerto Negocios</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2024-11-13T17:39:11+00:00</updated>
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            La Comisión Nacional de Valores introduce nuevas inversiones
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                <![CDATA[Puerto Negocios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c0Saneneb-P_cv7_O9rYjEyNdpA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/11/comision_nacional_de_valores.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Comisión Nacional de Valores (CNV) amplió la posibilidad de ampliar la oferta de compra de CEDEARs para que un inversor local pueda adquirirlos con pesos o dólares MEP.</p><p>Así surge de la Regulación General N° 1030 de la CNV publicada hoy en el Boletín Oficial</p><p>“La iniciativa sigue la tendencia de los mercados internacionales y tiene como objetivo incrementar la oferta de alternativas de FCI”, señaló el organismo en un comunicado de prensa.</p><p>La reglamentación habilita tres alternativas, con inversiones en: 1) ETF (Exchange Traded Fund) que replique en forma pasiva índices que cuenten con amplia difusión referidos a renta variable, activos virtuales y/o materias primas (commodities); 2) en activos externos sin aplicación del límite del 25% ; y 3) en activos locales, flexibilizando límites de diversificación .</p><p>Las últimas dos categorías estarán disponibles exclusivamente para inversores calificados y las dos primeras solo podrán ser suscriptas en moneda extranjera depositada en el exterior (cable).</p><p>Asimismo, se habilita la creación de CEDEARs de ETF que cumplan con los requisitos mencionados previamente en el apartado 1).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c0Saneneb-P_cv7_O9rYjEyNdpA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/11/comision_nacional_de_valores.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Amplía la suscripción de oferta de compra de los CEDEARs]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-11-13T17:39:11+00:00</updated>
                <published>2024-11-13T17:21:36+00:00</published>
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            Impuesto especial para contribuyentes del blanqueo nuevas medidas de los gobiernos provinciales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ip_66nwszEmf4e1rQOie_nbi3Ng=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/09/impuestos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A poco de finalizar la segunda prórroga de la primera etapa del blanqueo de capitales, distintos gobiernos provinciales decidieron avanzar con la aplicación de un impuesto especial sobre los contribuyentes que adhirieron al Régimen de Regularización de Activos.</p><p>Las administraciones gubernamentales de Neuquén y Salta ya lo formalizaron, ya que al mismo tiempo que suscribieron al régimen nacional, incluyeron el pago de un nuevo tributo local para aquellos ciudadanos que hayan regularizado activos. Santa Fe planea seguir el mismo camino, mediante un proyecto de ley que será tratado en la legislatura provincial. &nbsp;</p><p>La decisión de avanzar en este sentido se da sobre el cierre de la primera etapa del blanqueo, que el Gobierno nacional postergó hasta este viernes 8 de noviembre, y en medio de los datos positivos difundidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), al precisar que ingresaron casi 105 mil contribuyentes que depositaron más de US$19.000 millones.</p><p>Neuquén fue la primera provincia en introducir un impuesto al momento de adherir a la herramienta promovida por la administración de Javier Milei, en el marco de la sanción, por parte de la legislatura, de la ley 3450 que generó la figura del Régimen Provincial de Regularización de Activos.</p><p>La norma establece que los contribuyentes que se adhieran al blanqueo nacional también lo deberán hacer con el homónimo provincial y tendrán que realizar el pago de un tributo especial a cambio de quedar eximidos de abonar Ingresos Brutos.</p><p>El esquema del impuesto provincial es similar a la escala establecida a nivel nacional, ya que variará según el momento de adhesión, gravando sólo cuando la exteriorización supere los US$100.000, con una alícuota progresiva del 0,75% a 1,25%.</p><p>De esta manera, la carga será de un 0,75% sobre el excedente de US$100.000 para quienes presenten la declaración jurada hasta el 30 de noviembre, del 1% sobre el excedente de US$100.000 para quienes adhieran hasta el 31 de enero de 2025 y del 1,25% del excedente de US$100.000 para quienes blanqueen hasta el 30 de abril del 2025.</p><p>En el caso de Salta, las cámaras legislativas sancionaron la ley 8461 que establece el&nbsp;Régimen Excepcional y Transitorio de Medidas de Alivio Fiscal, en el cual se incorporó la adhesión a la regularización de activos y se dispuso un impuesto especial sobre el mismo.</p><p>Al respecto, el artículo 16 de la norma provincial establece “un Impuesto Especial de Regularización equivalente al 10% del impuesto nacional que corresponda abonar en los términos del Capitulo IV del Titulo Il de la Ley Nacional 27.743. el que no deberá ser ingresado en los supuestos especiales de exclusión de pago del impuesto nacional previstos en el Capitulo V del Titulo 1 de la citada Ley”.</p><p>Además, el artículo 17 determina que “el decaimiento de los beneficios dispuestos por la Ley Nacional 27.743 o en su caso, la falta de pago del Impuesto Especial de Regularización dispuesto en el articulo precedente, privara a los sujetos de los beneficios dispuestos por la presente Ley”.</p><p>Por el lado de Santa Fe, la iniciativa aún no fue tratada en la legislatura pero ya fue presentado el proyecto de ley que contempla un impuesto especial sobre el blanqueo, generando un crédito fiscal, a cuenta de Ingresos Brutos, para destinar a nuevos emprendimientos productivos y de construcción de viviendas.</p><p>Las condiciones del tributo también se asemejan a lo dispuesto a nivel nacional, al gravar los ingresos superiores a US$100.000, aunque en este caso la alícuota se establece en un 2%, sobre el excedente.</p><p>El ministro de Economía santafesino, Pablo Olivares, precisó que “quienes paguen el 2%, podrán utilizarlo como anticipo de obligaciones fiscales que van a tener en el futuro” y reveló que “lo recaudado no quedará en las arcas provinciales, sino que será utilizado para otorgar beneficios impositivos a los contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones en tiempo y forma”.</p><p>Además, aseguró que “como un principio central, la adhesión al blanqueo provincial tendrá estrictos controles de seguridad para asegurar que no haya vínculos con actividades ilegales”.</p><p>En relación al espíritu de la decisión señaló que “esta medida busca equilibrio: dar seguridad a quienes regularicen y premiar a los que cumplen, impulsando a su vez el crecimiento y la inversión en nuestra provincia”.</p><p>La política de aplicar nuevos impuestos provinciales sobre un régimen de regularización de activos, ya se había dado en el blanqueo pasado durante el gobierno de Mauricio Macri, con la decisión de La Pampa de gravar todos los bienes sincerados, aplicando una alícuota del 1% sin considerar la ubicación de los bienes.</p><p>En aquél momento se apuntó que la norma cercenaba el principio de territorialidad tributaria, que limita la potestad fiscal de las provincias a la riqueza generada dentro de sus jurisdicciones, por lo que se iniciaron varias demandas que actualmente esperan un veredicto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.</p><p>Con este antecedente y a la espera de que la Corte se expida, los flamantes tributos provinciales sobre el actual blanqueo de capitales pueden derivar en nuevas presentaciones judiciales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ip_66nwszEmf4e1rQOie_nbi3Ng=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/09/impuestos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Neuquén y Salta sancionaron leyes que contemplan el cobro de un nuevo tributo y Santa Fe avanza en el mismo sentido.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
                <published>2024-11-07T16:54:33+00:00</published>
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            AFIP lanza un régimen de regularización para 250 mil contribuyentes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A63ggXJWHvAFM9pVNdEAsGi_0NI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2021/08/AFIP.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha iniciado una campaña masiva para que más de 250.000 contribuyentes con deudas impositivas normalicen su situación. Este esfuerzo se enmarca en el Régimen de Regularización de Obligaciones, contemplado en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.</p><p>Incentivos para una Adhesión TempranaEl Régimen de Regularización de Obligaciones presenta beneficios significativos para aquellos que se adhieran en las primeras etapas de vigencia. Durante los primeros 30 días, los contribuyentes podrán aprovechar una condonación de intereses resarcitorios y punitorios de hasta el 70%. Sin embargo, este beneficio disminuye con el tiempo, llegando a solo un 20% a partir del día 91 de vigencia.</p><p>"Cuanto antes se ingrese al Régimen de Regularización de Obligaciones más beneficioso es," señaló un portavoz de la AFIP, subrayando la importancia de actuar rápidamente.</p><p>¿Quiénes son los destinatarios?Las comunicaciones enviadas por la AFIP están dirigidas a contribuyentes cuyas deudas presentan las siguientes características:</p>Obligaciones generales vencidas al 31 de marzo de 2024.Deudas por Derechos de Exportación de Servicios.Falta de conformación de la declaración jurada por Derechos de Exportación.Obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2021, incluidas en una disposición anterior<p>Beneficios del Plan de RegularizaciónEl plan ofrece diversas opciones de pago, que van desde el pago al contado hasta planes de financiamiento en 84 cuotas, dependiendo de la condición del contribuyente. Además, se incluye la condonación de intereses y multas, facilitando así la regularización de las obligaciones fiscales.</p><p>Proceso para consultar y adherir al planPara conocer su deuda, los contribuyentes deben ingresar al Sistema de Cuentas Tributarias (SCT) o a la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos. Luego, deben acceder al servicio "Mis Facilidades" en el sitio web de la AFIP utilizando su clave fiscal.</p><p>La AFIP ha dispuesto guías detalladas para facilitar el proceso de adhesión:</p>Cómo adherir obligaciones al Plan de Mis Facilidades en 7 pasos.Cómo refinanciar una deuda a través del plan de pagos de la Ley 27.743 en 9 pasos.<p>Para obtener más información sobre la regularización de obligaciones y sus beneficios, los contribuyentes pueden visitar www.afip.gob.ar/nuevopactofiscal/moratoria.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A63ggXJWHvAFM9pVNdEAsGi_0NI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2021/08/AFIP.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Cuanto antes se ingrese al Régimen de Regularización de Obligaciones más beneficioso es.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2024-07-31T10:54:04+00:00</updated>
                <published>2024-07-31T10:48:11+00:00</published>
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            Extendieron hasta el 2 de agosto el plazo para la recategorización del monotributo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rmm8_SVAglk9OdeToDEgGdsJgSE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La AFIP extendió hasta el 2 de agosto el plazo para la recategorización del monotributoIncluye los nuevos montos máximos de facturación y beneficios tributarios.La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo.</p><p>La nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto.</p><p>De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios.</p><p>&nbsp;</p><p>La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría.</p><p>En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.</p><p>Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.</p><p>Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite &nbsp;hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.</p><p>La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web AFIP.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rmm8_SVAglk9OdeToDEgGdsJgSE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Incluye los nuevos montos máximos de facturación y beneficios tributarios.]]>
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                <updated>2024-07-11T11:19:50+00:00</updated>
                <published>2024-07-11T11:15:01+00:00</published>
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            Empresas podrán fijar aumentos en tarifas de cable, celulares e Internet
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        <link rel="alternate" href="https://www.puertonegocios.com/noticias/empresas-podran-fijar-aumentos-en-tarifas-de-cable-celulares-e-internet" type="text/html" title="Empresas podrán fijar aumentos en tarifas de cable, celulares e Internet" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nbUKX9Fpl1_VlY8lq_cTOzuDE0w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/06/tarifas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM) ha decidido eliminar las regulaciones que limitaban los aumentos en las tarifas de internet, celulares y cable, permitiendo que las empresas puedan fijar los incrementos sin tope. Esta medida, formalizada mediante la Resolución 13/2024 y publicada en el Boletín Oficial, entra en vigencia de manera inmediata, por lo que las nuevas tarifas podrían comenzar a reflejarse desde julio.</p><p>La normativa anula una serie de reglamentaciones anteriores que establecían un límite del 10% mensual en los aumentos de los servicios de telecomunicaciones. Ahora, las empresas tendrán plena libertad para determinar sus precios, siguiendo el principio de fijar tarifas que sean "justas y razonables", cubran los costos de operación y promuevan una prestación eficiente con un margen de ganancia adecuado.</p><p>Este cambio se basa en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 302 del 9 de abril de 2024, que derogó el DNU N° 690/2020, además de modificar los artículos 48 y 54 de la Ley N° 27.078. Según el artículo 48 modificado, "los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.</p><p>El ENACOM justificó la medida al señalar que los servicios de telecomunicaciones operan en un mercado de competencia, y que la capacidad de los licenciatarios para fijar sus precios libremente es esencial para el desarrollo y crecimiento del sector. La resolución también apunta a corregir el marco jurídico que se había establecido con el DNU N° 690/2020, para fomentar un mercado más competitivo.</p><p>&nbsp;</p><p>Esta desregulación ocurre en un contexto económico difícil, donde muchos argentinos están ajustando sus presupuestos para lidiar con los costos de la conectividad. Un informe de la Cámara Argentina de Internet (CABASE) revela que el 67,5% de los hogares ha implementado medidas para reducir los gastos de internet fijo debido a la situación económica actual. Asimismo, el 65,3% de los hogares ha ajustado sus gastos en servicios de TV paga.</p><p>En resumen, la eliminación de las regulaciones sobre las tarifas de telecomunicaciones permite a las empresas fijar sus precios sin restricciones, lo que podría resultar en incrementos significativos en los próximos meses. Esta medida, mientras busca promover un mercado más competitivo y eficiente, también refleja la necesidad de los hogares argentinos de adaptarse económicamente ante los crecientes costos de conectividad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nbUKX9Fpl1_VlY8lq_cTOzuDE0w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://puertonegocioscdn.eleco.com.ar/media/2024/06/tarifas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un estudio reciente muestra que el 67,5% de los hogares argentinos ha tomado medidas para reducir los costos de internet.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2026-03-16T11:40:10+00:00</updated>
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